La declaración de obra ante Argentores es un acto mediante el cual los autores reivindican su autoría y reclaman a la entidad los derechos económicos que se devengarán por la comunicación pública de la misma, además, se están adjudicando la paternidad de esa obra; los porcentajes, acordados voluntariamente entre los autores, señalan en ese momento el grado de participación de cada uno de ellos en la escritura de la misma y establecerlos resulta potestad exclusiva y excluyente de autoras y autores.
De ninguna manera, un productor, una casa productora, un canal emisor, una plataforma o cualquier persona ajena al acto creativo, pueden intervenir en la decisión en que esos porcentajes se distribuyen, ni deben incluirlo como cláusulas en los contratos que firmen con el autor o autora.
Si así lo hicieran, esa cláusula no será vinculante para ARGENTORES, carecerá de validez y no podrá ser invocada para modificar o excluir derechos de autor que correspondan según la normativa aplicable.