Revista Florencio

LOS NON FUNGIBLE TOKEN O NFT

Autoría y originalidad

Un token es un objeto físico o digital que tiene valor en cierto contexto o para determinada comunidad, aunque su propia materialidad no contenga ese valor en sí. Un NFT es un token no fungible. ¿Qué significa esto? A diferencia de un token fungible como el dinero, del que no puede hacerse uso sin consumirlo o sin que se deteriore o desaparezca por usarlo, un NFT representa un ítem único e indivisible. De un NFT no preguntamos la cantidad, sino de cuál hablamos. 

Es difícil para los artistas digitales certificar la originalidad de su producción. Un archivo puede ser copiado infinitas veces y nada en el archivo y sus copias indican cuál es el primero. A diferencia de lo que sucede en el mundo analógico, puede haber infinitas copias de un archivo digital, ser todas ellas exactamente iguales y no sufrir degradación de calidad, por lo cual cualquiera de ellas podría ser la original.

Pero para poder hablar de las funcionalidades de los NFT respecto de su originalidad, primero definamos qué es una obra original tanto en el ámbito artístico como en el ámbito legal. En términos artísticos, la definición de “original” que todos conocemos y reconocemos es la que dice que una obra para ser original debe cumplir con dos criterios: la originalidad objetiva y la originalidad subjetiva. La originalidad objetiva precisa que la creación será original siempre que no sea una copia de otra. La originalidad subjetiva implica que el autor plasma su estilo o sello personal en la obra creada. En términos legales, según un paper elegido por su claridad, por carecer de complejidad, y que suscriben la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), la Oficina Europea de Patentes y la Oficina Española de Patentes y Marcas, se  dice de ella lo siguiente: “El concepto de originalidad no equivale a novedad, en el sentido de que sólo se protege lo inédito, lo nuevo o lo único, como sucede en el caso de las invenciones, en donde la novedad es requisito indispensable para su patentamiento. De hecho, la originalidad se satisface plenamente cuando la obra en cuestión refleja de cualquier modo la personalidad del autor, por contener la forma de expresión que éste ha elegido. El requisito de originalidad se cumple igualmente por el hecho de que la obra en cuestión no sea copia de otra preexistente.” 

Si analizamos el párrafo legal anterior y lo resumimos a su máxima expresión, una obra original debe tener la “personalidad” de su autor, y debe ser “la primera”. La pregunta sería entonces, ¿puede un NFT distinguir un original? Y la respuesta es clara: No, no puede. ¿Entonces, para qué sirve un NFT? En el mundo analógico, cuando tuvimos acceso a “máquinas copiadoras”, como, por ejemplo, un equipo de sonido de doble casetera, o dos VHS unidos por un simple cable, se revolucionó el mundo hogareño ya que podíamos copiar música o videos sin demasiada tecnología y sin la más mínima dificultad o conocimiento técnico. El problema es que el material se degrada con el transcurrir de las copias. Es por eso que, si realmente queríamos escuchar música o ver un video en calidad respetable, debíamos terminar sí o sí comprando el material que vendía la disquería o el videoclub. Con el advenimiento del mundo digital, se rompen todas las barreras de la problemática de la calidad y se pueden hacer una y mil copias sin perder la más mínima calidad y el único reparo que tenemos para no hacer dichas copias es lo ético, ya no la cuestión técnica, ni la degradación tecnológica. 

Desde aquellos momentos (hace unos 30 años) al día de hoy, nada podía certificar en el mundo digital que un “algo” era ese algo y eso es exactamente lo que hace un NFT. Es decir, no determina ni la Propiedad Intelectual, ni devenga Derechos de Autor, y mucho menos dice si ese archivo es original o no, pero sí dice exactamente, como nunca antes se pudo hacer, que ese “algo digital” es exactamente eso, y no otra cosa. Esto es una revolución que va a modificar la capacidad de distinguir obras de digitales como nunca antes se vio. 

Haz tu propia investigación

Si bien cualquier persona puede fotografiar o subir un archivo y acuñar (mint) un NFT de una pintura, el valor del NFT radica en quién se atribuye la creación de dicho activo y en la historia asociada, quizás hasta resulte que la nueva historia incrementa el precio de la original. Pero esto no implica que la obra representada sea la obra original. La originalidad del NFT radica en un factor de confianza: confianza en quién lo acuñó. Aquí la importancia de hacer la propia investigación como comprador para cerciorarse de que quien ha acuñado el activo en la blockchain sea el creador o bien una entidad o coleccionista validado.

La confianza también radica en entender que su autor o la entidad custodia del ítem físico, en el caso de ser una representación digital del mismo, no vaya a generar nuevas representaciones del mismo ítem. Quien publica el NFT o la primera venta sella la relación entre el token y el ID que lo acuñó. Pero este testimonio no cambia la autoría del ítem representado y no transfiere derechos que son exclusivos del autor (según el convenio de Berna, el cual Argentina suscribe), a no ser que esté explícito en el detalle del activo.

Escenarios

Al adquirir un NFT, uno adquiere una representación o token criptográfico o certificado digital de autenticidad que, mediante la tecnología blockchain, se asocia a un único archivo digital.

De aquí se derivan multiplicidad de posibilidades para los creadores, a saber:

Un ítem digital puede generarse como respaldo del físico -un ítem físico como respaldo del digital-. Crear ítem físico e ítem digital como partes de un mismo juego o mensaje

Se llaman Phygital NFTs a los Nfts que representan un ítem físico y digital siendo acaso el digital un gemelo o derivación del físico o viceversa. En la declaración del ítem se detalla si la relación entre ambos se mantiene o es válida solamente, por ejemplo, para la primera compra.

Hay muchas maneras de crear un phygital. La relación entre ambas partes del NFT puede estar dada por las características de la obra o puede ser facilitada mediante tecnología. Este es el el caso de Authena-Protect Authenticity, que autentifica mediante NFC (chip de radiofrecuencia como el utilizado en accesos y tarjetas de crédito) la relación entre el ítem físico con el smart contract que representa al ítem digital.

El Poder de los NFTs

La experiencia nos tiñe muchas veces el juicio e intentamos acomodar lo desconocido a un modelo existente. Sin embargo, el NFT crea un modelo nuevo de posibilidades para los productos y servicios. También, claro, para el arte.

El valorar una obra de arte para disfrutar de manera privada colgada en las paredes del living es una cuestión no necesariamente trasladable al token no fungible. Sin embargo, es una cuestión que puede estar incluida dentro de la experiencia del token no fungible.

El NFT expande la experiencia y nuclea en un mismo activo todas las dimensiones que se desprenden de su creación.

El valor económico del NFT está dado por quien está dispuesto a invertir en él. Al mismo tiempo, quien invierte o recibe un NFT se convierte en parte de su historia. La historia que sucede es la que configura el valor de mercado del NFT. Pero el NFT es mucho más:

El valor del NFT es la relación directa (peer-to-peer) que se genera entre el coleccionista y el creador.

El valor del NFT es la historia que se escribe de manera inmutable en una blockchain para permanecer visible públicamente.

El valor del NFT es la blockchain elegida para ese registro.

El valor del NFT es la trayectoria de su creador.

El valor del NFT es la historia generada por el creador y continuada por la comunidad.

El valor del NFT es la experiencia, física y/o digital, a la que da origen.

El valor del NFT es todo lo anterior y nada por separado.

El valor es una experiencia exclusiva, de la cual existe una cantidad acotada.

Todo escrito en un mismo lugar, generado por su creador.

Al igual que sucede en el mundo físico, el valor de una obra de arte no sólo radica en su imagen. El valor lo brinda su información. La tecnología blockchain se convierte así en la infraestructura necesaria para reunir la obra y su historia en un mismo lugar y conservarlo de manera pública e inmutable. Por esto, entre tantas otras cuestiones, el valor de un NFT es social. No es saber que uno mismo lo posee, sino darlo a conocer. Aquí entran en juego las redes sociales que hoy validan la presencia en la wallet (billetera virtual) del usuario de un NFT declarado en su perfil.

¿Es este NFT el Original?

Siendo técnicamente un NFT un compendio de partes necesarias (smart contract, token ID, archivo), nos atrevemos a decir que podríamos considerar original únicamente a una obra generada

algorítmicamente, donde la creación provenga del mismo código de software del NFT: su smart contract. El autor, en este caso, debe haber generado el código para dar origen a ese archivo.

Esto es una opción en el arte generativo. El arte generativo es un movimiento con raíces en el arte conceptual. Es una forma de arte en la que el artista desarrolla un programa para la creación de obras únicas. 

Art Blocks Inc. es una plataforma que permite a los artistas crear su código. La aleatoriedad se introduce en el algoritmo del artista y el sistema genera una obra de arte única en cada acuñación en la blockchain. En este caso la pregunta es a quién pertenece la autoría. ¿Pertenece a quien creó el código, a quién acuñó el NFT, o a ambos? En tal caso, diría que sea de quien sea, ambos se convierten en socios en ese acto de acuñación.

Pablo Menegol: Guionista, periodista e integrante del Consejo de Nuevas Tecnologías de Argentores.

Gabriela Serkin: licenciada en Sistemas, artista visual y futurista.

5 / May / 2023