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INTERNACIONALES

“Argentores trabaja para que todos los países reconozcan el Derecho de Autor”

Entrevista al Dr. Germán Gutiérrez, Gerente de Internacionales de Argentores, sobre las acciones de nuestra entidad en defensa del Derecho de Autor en el contexto de las organizaciones regionales y mundiales de nuestro sector

Durante una entrevista con el Gerente de Internacionales de Argentores, Dr. Germán Gutiérrez, dialogamos sobre la tarea que realiza nuestra entidad a nivel internacional, fomentando la creación de sociedades de gestión, así como fundando organizaciones a nivel regional y mundial que promuevan reformas jurídicas en una gran cantidad de países que aún no reconocen el derecho a los autores a fijar tarifas, recaudar y liquidar el dinero que corresponde por sus creaciones.

¿Qué es una sociedad de gestión de Derecho de Autor?

Una sociedad de gestión de Derecho de Autor, en la mayoría de los casos, es una asociación civil sin fines de lucro que agrupa a autores, como compositores de música, directores de cine, guionistas, artistas plásticos, etcétera. Además, estas sociedades de gestión se denominan colectivas porque representan a todos los autores de manera equitativa, fijando tarifas, recaudando, administrando y liquidando el dinero correspondiente a sus creaciones. Cabe aclarar que no cualquier asociación de autores es una sociedad de gestión colectiva, como por ejemplo la SADE (Sociedad Argentina de Escritores), porque para serlo debe pautar, recaudar y liquidar una tarifa en favor de los titulares de los derechos que, en el caso argentino, son los autores. Digo “el caso argentino” porque hay sociedades de gestión colectiva en el mundo que también representan a los productores, como son los casos de EGEDA y AGICOA.

Cuando digo que las sociedades de gestión “en la mayoría de los casos” son asociaciones sin fines de lucro es porque existen entidades con fines de lucro, como en Inglaterra, donde hay dos organizaciones profesionales muy importantes pero representan fundamentalmente a compositores musicales. En nuestro caso, hay agencias que representan a algunos autores literarios y a algunos dramaturgos pero declinan la actividad recaudatoria y de administrador de los derechos a favor de las sociedades de gestión colectiva, como ocurre en Argentina o en España.

Página web de CISAC

¿Cómo se estructuran estas sociedades nacionales a nivel internacional?

Estas sociedades de gestión nacionales están afiliadas a una confederación a nivel mundial que se denomina CISAC (Confederacion Internacional de Autores y Compositores), que tiene sede en París. Esta confederación, a la que Argentores se sumó en 1964, agrupa a más de cinco millones de creadores de todos los continentes.

La CISAC está dirigida por un Director General que actualmente es el Dr. Gadi Oron; un board conformado por 20 sociedades que son elegidas en la Asamblea General; y después tiene 3 consejos de creadores: uno de compositores musicales, un consejo de autores de artes visuales y un consejo de autores literarios, dramáticos y audiovisuales, que es el Writers & Directors World Wide (W&DW), del que Argentores forma parte ya hace mucho tiempo, ocupando la Vicepresidencia del mismo, en la persona de nuestro Presidente Miguel Ángel Diani.

Además de estos tres consejos, en la CISAC existe una Comisión Técnica que da apoyo a estos consejos y está integrada por abogados, contadores, especialistas en sistemas, etcétera. Argentores también forma parte del board de esta Comisión Técnica desde hace al menos diez años. Esta comisión acerca herramientas o soluciones a cada Consejo –en nuestro caso W&DW–, el Consejo las aprueba y entonces se elevan a la Asamblea para que tome decisiones definitivas sobre determinados temas como, por ejemplo, las reglas profesionales que van determinar el modo en que una sociedad de autores debe manejarse. En este sentido, Argentores tiene un grado avanzado de desarrollo como sociedad de gestión por lo que debe cumplir con todas las reglas profesionales que aprueba la CISAC. De hecho, previo a la pandemia, Argentores fue elegida a través de un sorteo para una auditoria y el resultado de la misma fue ampliamente satifactorio porque cumplimos con todas las normas y los estándares internacionales que la CISAC ha fijado hasta el día de hoy para sociedades audiovisuales y de dramaturgia.

Captura de pantalla de video institucional de FESAAL

¿Por qué Argentores ha fomentado en los últimos años la creación de sociedades de gestión colectiva de derechos de autor y, fundamentalmente, que esas sociedades cuenten con una ley que las respalde?

Como el Board de la CISAC está integrado predominantemente por sociedades de gestión que representan a compositores musicales, el quehacer del teatro y el audiovisual tiene pocas voces en este foro. Esto lo vimos a lo largo de los años y ha llevado a una situación de orfandad para los autores audiovisuales, y ni hablar de los autores dramáticos cuyo repertorio es mucho menor al audiovisual o, al menos, eso es lo que CISAC sostiene. En este contexto, hace ya diez años, tras una reunión que mantuvimos en Dublin con nuestra sociedad hermana DAC (Directores Argentinos Cinematográficos) y el director regional de CISAC, que en ese momento era el Dr. Santiago Shuster, comenzamos a trabajar en pos de cambiar esta realidad.

Argentores es, dentro del tipo de repertorio que administra, la segunda sociedad de gestión en importancia en el mundo, después de la francesa SACD, y por lo tanto la primera en importancia en nuestra región, Latinoamérica. No sólo por la cantidad de años que llevamos trabajando sino también por la representatividad que tienen los directivos que forman parte de la Junta Directiva de Argentores, con dramaturgos y guionistas reconocidos internacionalmente. Sin embargo, nuestra entidad ha recibido muchas críticas de nuestros propios autores así como autores de países como Paraguay, Chile, Uruguay o Brasil, entre otros, porque no cobraban sus derechos de autor. Pero ¿por qué no cobraban?… Por dos cuestiones: en primer lugar, porque en los otros países no existían sociedades de gestión colectiva que pudieran cobrar los derechos; en segundo lugar y más importante aún, no existía un marco legal para que nuestros autores ni los autores locales pudieran recaudar sus propios derechos en esos territorios. Era el caso de Chile, Colombia, Uruguay, Panamá o Brasil. Eran países donde no existía la posibilidad legal de establecer una tarifa, cobrarla y luego liquidarla a los autores. En consecuencia, no existían las sociedades de gestión.

Esta era la situación que nos llevó a trabajar para lograr que esos países modificaran el marco legal y posibilitar así el surgimiento de lo que denominamos el derecho de remuneración. Este derecho –que ya se ha reconocido en Chile, con la ley Ricardo Larraín; en Colombia, con ley Pepe Sánchez; en Uruguay, hace dos años; y también en Panamá– va a posibilitar que no sólo los autores chilenos, colombianos, uruguayos y panameños cobren sus derechos sino que también va a permitir que los autores argentinos cobren sus derechos cuando sus obras se exhiban o se presenten en estos países.

Los autores argentinos estaban acostumbrados a la fortaleza del derecho de autor en nuestro país y pensaban que en todo el mundo era igual. No, esto ocurría solamente en Francia, España y Argentina. En algunos casos, podía ocurrir también en Italia o en Polonia.

Entonces, la necesidad que nuestros autores cobren sus derechos en el exterior, llevó a que Argentores y DAC formaran distintas alianzas con las sociedades que habíamos ayudado a crear. Así nacieron ALGYD (Alianza Latinoamericana de Guionistas y Dramaturgos) y ADAL (Alianza de Directores Audiovisuales Latinoamericanos). Esas dos entidades se unieron luego y crearon la Federación de Sociedades de Autores Audiovisuales de Latinoamérica (FESAAL). Entonces, Argentores no sólo motorizó la creación de sociedades en los territorios donde no había (Redes y Dasc, en Colombia; DBCA y Gedar, en Brasil; AIPA, en Panamá; entre otras) sino que además es fundadora de estas alianzas y federaciones para continuar el trabajo ya que aún hay países donde no se ha logrado modificar la legislación, como Brasil, pese a que las sociedades están creadas y estamos trabajando muy fuertemente para lograr avanzar en este sentido.

En este marco internacional, ¿qué es AVACI?

AVACI es la Confederación Internacional de Autores Audiovisuales que une a FESAAL, APACER –que es un organización similar a la FESAAL pero de África–, entidades de Europa del Este y entidades de Asía/Pacífico. Es decir, es una confederación de sociedades y federaciones de autores audiovisuales y dramaturgia a nivel mundial.

El trabajo de AVACI es similar al de FESAAL en Latinoamérica pero a nivel global. Ya logramos la puesta en debate en Corea de la modificación legislativa y hemos conseguido que en África APACER sea considerada una sociedad de gestión colectiva a nivel continental.

¿Qué rol desempeña Argentores en estas organizaciones?

Argentores es parte del Comité Ejecutivo y del Comité Legal y Técnico de la FESAAL y de AVACI. En este sentido, tanto en FESAAL como en AVACI, Argentores ha desdoblado su labor: por un lado, el trabajo operativo; y por otro, las relaciones internacionales específicamente. Esto tiene que ver con un criterio que hemos definido junto al Gerente de Administración y Gestión de Argentores, Dr. Alberto Iglesias, al considerar mucho más práctico para la necesidad de los autores que la parte operativa de las relaciones internacionales dependan directamente de la administración; mientras que la Gerencia de Internacionales a mi cargo trabaje directamente con el Presidente de Argentores, Miguel Ángel Diani, desarrollando proyectos específicos y trabajando con las sociedades de otros países, FESAAL y AVACI.

En este sentido cabe señalar que otra de las fortalezas de Argentores es contar con la perspectiva que aporta Miguel Ángel Diani de quien, más allá de su carácter componedor y su capacidad como gestor, debo destacar que es un directivo que trabaja siempre pensando en lo mejor para el autor. En sus posturas ante foros internacionales, siempre es prioridad el beneficio de los autores, argentinos en primer lugar pero también de los autores de todo el mundo. Esta mirada refuerza la legitimidad de nuestras iniciativas y, en consecuencia, tienen muy buena recepción en los distintos foros.

¿En qué proyectos internacionales está trabajando Argentores actualmente?

Junto a María Laura Garateche, quien a partir de ahora va a ser Directora de Proyectos Internacionales de Argentores, estamos trabajando en el tema de género, junto a otras compañeras de la FESAAL; y también se lleva adelante una investigación sobre las posibilidades de recaudación en las plataformas audiovisuales en Latinoamérica. Existen otros proyectos también pero no podemos hablar de ellos hasta que las autoridades de FESAAL los aprueben.

Por otra parte está la OMPI. ¿Qué características tiene esta organización?

Es la Organización Mundial de Propiedad Intelectual, una entidad no gubernamental que está integrada por todos los países que forman parte de la ONU, y es la administradora de los tratados internacional que tiene que ver con la Propiedad Intelectual y, en nuestro caso, específicamente el Derecho de Autor.

Uno de los trabajos que estamos haciendo con FESAAL es dialogar con los directivos de OMPI para que desde este organismo haya una recomendación a los estados miembro para que se reconozca el Derecho de Remuneración de los autores audiovisuales. Esto es de vital importancia para que los países en los que aún no se ha modificado la legislación exista un mensaje en favor de esa actualización jurídica desde este organismo multinacional.

Es importante destacar que esta ha sido una gestión que llevó adelante el Presidente de Argentores, Miguel Ángel Diani, por iniciativa de la FESAAL en la reunión de OMPI en Ginebra, en la que hubo una muy buena receptividad por parte de los funcionarios de OMPI.

«El Derecho Económico de Autor hoy lo llamamos Derecho de Remuneración porque es más claro comunicacionalmente. Es nada más y nada menos que el salario del autor audiovisual», asegura Gutiérrez

¿Cómo define el concepto de Derecho de Remuneración?

En el caso de los autores audiovisuales, la remuneración de su trabajo tiene más de una instancia. En primer lugar, recibe un dinero cuando se ejerce el derecho de inclusión, es decir, la obra escrita por un guionista se incluye en una obra distinta, una obra audiovisual; y luego, cada vez que la obra se comunica al público recibe otro dinero por lo que antiguamente se conocía como “Derecho Económico de Autor” para diferenciarlo del Derecho Moral.

Este Derecho Económico de Autor hoy lo llamamos Derecho de Remuneración porque es más claro comunicacionalmente. Es nada más y nada menos que el salario del autor audiovisual, y esto es muy importante que se comprenda y quede claro conceptualmente.

¿Cuál es la situación de Argentores en el mundo frente a los nuevos fenómenos del audiovisual como las plataformas?

A nivel internacional, Argentores ha sido pionero en el tema de recaudación en plataformas como Netflix y YouTube, entre otras. No obstante, el trabajo continúa porque hay mucho por hacer en este aspecto. El departamento de recaudaciones audiovisuales de Argentores está muy enfocado en lograr acuerdos con las plataformas, cosa que en otros países no ocurre. Para dar una idea de la situación, en el mundo, salvo España y Francia, los demás países no están cobrando. En Latinoamérica, por ejemplo, la única sociedad que cobra a plataformas en representación de los autores audiovisuales es Argentores. Entonces, hay que dimensionar la cuestión porque si bien las sociedades de gestión tienen abogados que son expertos en Derecho de Autor, las plataformas también los tienen, y además tienen muchísimo poder para hacer lobby o simplemente operar desde Estados Unidos, sin domicilios legales en nuestros países, con lo que eluden el pago de derechos de autor invocando la legislación norteamericana. En ese aspecto, debemos señalar que en nuestro país hay una carencia estatal/jurídica con relación a la defensa de los creadores audiovisuales.


GLOSARIO SOCIEDADES DE GESTIÓN, ORGANISMOS INTERNACIONALES Y OTROS

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Sociedades de Gestión

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25 / Nov / 2022