Cine
Los mismos regirán a partir del 15 de diciembre de 2022

Como se ha comunicado insistentemente, el rubro “Libro cinematográfico” representa el 5% del presupuesto de la película, excluidas las copias, la publicidad y los honorarios de dirección, producción y guion (costo por debajo de la línea).
Por el Decreto 1528/2022 del 23 de noviembre el INCAA fija el costo medio del largometraje en $70.000.000.-, por lo que el monto mínimo de contrato para este rango de producción para vivo y animado, ficción y documental se estipula en $3.500.000.
Como siempre, Argentores contempla un mínimo para películas de muy bajo presupuesto en base a la mitad del costo medio. Es decir, en base a $35.000.000.- el mínimo de contrato para el rango de producción por debajo de la media se fija en $ 1.750.000.-
Cuando el presupuesto de la película sea inferior a la mitad del costo medio, el/la autor/a y el/la productor/a acordarán la cifra proporcional que corresponda.
Quedan incluidos en este mínimo los documentales cuyos presupuestos se inscriban en los rangos de producción similares a los de la ficción.
En cuanto a la actualización de los mínimos de contrato para documentales, acorde Resolución INCAA 485/22 del 9-5-22, a partir del 15 de diciembre de 2022, el INCAA otorga el 28% del costo medio vigente de $70.000.000, o sea $19.600.000. Para ese rango de producción el 5 % representa un mínimo de $980.000. Aplicando el mismo criterio que para ficción, habilitamos un mínimo basado en la mitad del costo medio para las películas de muy bajo presupuesto, lo que representa un mínimo de contrato de $490.000.
Cuando el presupuesto de la película sea inferior a la mitad del costo medio, el/la autor/a y el/la productor/a acordarán la cifra proporcional que corresponda.
En todos los casos es imperioso que el/la productor/a ponga en conocimiento a los/las guionistas el presupuesto o costo final según corresponda, a la hora de acordar el monto de los contratos.
9 / Dic / 2022